La periodicidad del IVA para el año 2025 puede ser bimestral, cuatrimestral o anual, esto depende de los ingresos brutos del contribuyente y/o actividad económica. BIMESTRAL ¿Quiénes aplican para la declaración bimestral? • Grandes contribuyentes. Las personas jurídicas y naturales cuyos ingresos brutos al 31 de diciembre del año gravable 2024 sean iguales o superiores a 92.000 UVT ($4.581.508.000) • Los responsables señalados en los artículos 477 y 481 del ET. • Los nuevos responsables del impuesto sobre ventas. Recuerde que… • Los contribuyentes inscritos en el Régimen Simple de Tributación quedan exentos toda vez que, su periodicidad de IVA es anual. • Los periodos bimestrales son: enero y febrero, marzo y abril, mayo y junio, julio y agosto, septiembre y octubre, noviembre y diciembre. CUATRIMESTRAL ¿Quiénes aplican para la declaración cuatrimestral? • Las personas jurídicas y naturales cuyos ingresos brutos al 31 de diciembre del año gravable 2024 sean inferiores a 92.000 UVT ($4.581.508.000) Recuerde que… • Los contribuyentes inscritos en el Régimen Simple de Tributación quedan exentos toda vez que, su periodicidad de IVA es anual. • Los periodos cuatrimestrales son: enero-abril, mayo-junio, julio-agosto, septiembre-diciembre. ANUAL ¿Quiénes aplican para la declaración cuatrimestral? • Contribuyentes del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación –RST–