Declaración de Activos en el exterior

Sabía usted que… Si al primero de enero del 2025 usted posee activos en el exterior por un valor superior a (2.000 UVT) que equivale a $ 99.598. 000, deberá presentar la declaración de activos en el exterior. Para tal fin la DIAN dispone del formulario 160. Los plazos establecidos para cumplir con esta obligación son: -Para grandes contribuyentes: entre el 9 y el 24 de Abril de 2025 -Para personas jurídicas: entre el 12 y 23 de Mayo de 2025 -Para personas naturales: entre el 12 de agosto y el 24 de Octubre de 2025.

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Transfer Pricing

El precio de transferencia es aquel que pactan dos empresas que pertenecen a un mismo grupo empresarial o el precio fijado en las transacciones internacionales entre entidades vinculadas fiscalmente. ¿Quiénes están obligados al régimen de precios de transferencia? 1. En patrimonio bruto mayor o igual a (100.000 UVT) que equivale a $5.237.400.000. 2. Ingreso Bruto mayor o igual a (61.000 UVT) que equivale a $ 3.194.814.000. 3. En transacciones con los vinculados económicos del exterior, zonas francas mayor o igual (45.000 UVT) que equivale a $ 2.356.830.000. 4. En transacciones con jurisdicciones no cooperantes de baja o nula imposición o regímenes tributarios referenciales (Empresas, entidades, clientes o proveedores), (10.000 UVT) que equivale a $ 523.740.000. Si cumples con alguna de estas condiciones es momento de empezar a buscar una asesoría y no dejarlo para última hora. ¿En qué fecha debo presentar la declaración de precios de transferencia?

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Declaración persona natural

Topes financieros establecidos por la DIAN para el año 2026 Patrimonio bruto: Si al 31 de diciembre de 2025 tus bienes (casa, carro, saldos bancarios, cuentas de inversión) sumaron $224.096.000 o más (4.500 UVT). Ingresos brutos: Si el total de tus ganancias del año (salarios, contratos de publicidad, monetización de plataformas, regalos o transferencias) fue igual o superior a $69.719.000 (1.400 UVT). Consumos con tarjeta de crédito: Si usaste tus tarjetas por un valor total acumulado igual o superior a $69.719.000. Compras y consumos totales: Si el acumulado de tus gastos (en efectivo, transferencias, etc.) superó los $69.719.000. Consignaciones o inversiones: Si el dinero que ingresó a tus cuentas bancarias o fondos de inversión a lo largo del año sumó $69.719.000 o más.   Plazos para el cumplimento de esta obligación

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PERIODICIDAD DEL IVA EN 2025

La periodicidad del IVA para el año 2025 puede ser bimestral, cuatrimestral o anual, esto depende de los ingresos brutos del contribuyente y/o actividad económica. BIMESTRAL ¿Quiénes aplican para la declaración bimestral? • Grandes contribuyentes. Las personas jurídicas y naturales cuyos ingresos brutos al 31 de diciembre del año gravable 2024 sean iguales o superiores a 92.000 UVT ($4.581.508.000) • Los responsables señalados en los artículos 477 y 481 del ET. • Los nuevos responsables del impuesto sobre ventas. Recuerde que… • Los contribuyentes inscritos en el Régimen Simple de Tributación quedan exentos toda vez que, su periodicidad de IVA es anual. • Los periodos bimestrales son: enero y febrero, marzo y abril, mayo y junio, julio y agosto, septiembre y octubre, noviembre y diciembre. CUATRIMESTRAL ¿Quiénes aplican para la declaración cuatrimestral? • Las personas jurídicas y naturales cuyos ingresos brutos al 31 de diciembre del año gravable 2024 sean inferiores a 92.000 UVT ($4.581.508.000) Recuerde que… • Los contribuyentes inscritos en el Régimen Simple de Tributación quedan exentos toda vez que, su periodicidad de IVA es anual. • Los periodos cuatrimestrales son: enero-abril, mayo-junio, julio-agosto, septiembre-diciembre. ANUAL ¿Quiénes aplican para la declaración cuatrimestral? • Contribuyentes del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación –RST–

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