La periodicidad del IVA para el año 2025 puede ser bimestral, cuatrimestral o anual, esto depende de los ingresos brutos del contribuyente y/o actividad económica.
BIMESTRAL
¿Quiénes aplican para la declaración bimestral?
• Grandes contribuyentes.
Las personas jurídicas y naturales cuyos ingresos brutos al 31 de diciembre del año
gravable 2024 sean iguales o superiores a 92.000 UVT ($4.581.508.000)
• Los responsables señalados en los artículos 477 y 481 del ET.
• Los nuevos responsables del impuesto sobre ventas.
Recuerde que…
• Los contribuyentes inscritos en el Régimen Simple de Tributación quedan exentos toda vez que, su periodicidad de IVA es anual.
• Los periodos bimestrales son: enero y febrero, marzo y abril, mayo y junio, julio y agosto, septiembre y octubre, noviembre y diciembre.
CUATRIMESTRAL
¿Quiénes aplican para la declaración cuatrimestral?
• Las personas jurídicas y naturales cuyos ingresos brutos al 31 de diciembre del año gravable 2024 sean inferiores a 92.000 UVT ($4.581.508.000)
Recuerde que…
• Los contribuyentes inscritos en el Régimen Simple de Tributación quedan exentos toda vez que, su periodicidad de IVA es anual.
• Los periodos cuatrimestrales son: enero-abril, mayo-junio, julio-agosto, septiembre-diciembre.
ANUAL
¿Quiénes aplican para la declaración cuatrimestral?
• Contribuyentes del impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación –RST–