El precio de transferencia es aquel que pactan dos empresas que pertenecen a un mismo grupo empresarial o el precio fijado en las transacciones internacionales entre entidades vinculadas fiscalmente.
¿Quiénes están obligados al régimen de precios de transferencia?
1. En patrimonio bruto mayor o igual a (100.000 UVT) que equivale a $5.237.400.000.
2. Ingreso Bruto mayor o igual a (61.000 UVT) que equivale a $ 3.194.814.000.
3. En transacciones con los vinculados económicos del exterior, zonas francas mayor o igual (45.000 UVT) que equivale a $ 2.356.830.000.
4. En transacciones con jurisdicciones no cooperantes de baja o nula imposición o regímenes tributarios referenciales (Empresas, entidades, clientes o proveedores), (10.000 UVT) que equivale a $ 523.740.000.
Si cumples con alguna de estas condiciones es momento de empezar a buscar una asesoría y no dejarlo para última hora.
¿En qué fecha debo presentar la declaración de precios de transferencia?


