Precios de Transferencia

[:es]El precio de transferencia es aquel que pactan dos empresas que pertenecen a un mismo grupo empresarial o el precio fijado en las transacciones internacionales entre entidades vinculadas fiscalmente.


¿Quiénes están obligados al régimen de precios de transferencia?


1.
Vinculados económicos del exterior.


2.
Personas, sociedades, entidades o empresas ubicadas, residentes o domiciliadas en países calificados como paraísos fiscales, (independientemente de si se configura o no vinculación).


3.
Vinculado ubicado en Zonas Francas en Colombia.


Si cumples con alguna de estas condiciones es momento de empezar a buscar una asesoría y no dejarlo para última hora.


En patrimonio bruto mayor o igual a (100.000 UVT) que equivale a $3.800.400.000.


Ingreso Bruto mayor o igual a (61.000 UVT) que equivale a $2.318.244.000.


En transacciones con los vinculados económicos del exterior, zonas francas mayor o igual (45.000 UVT) que equivale a $1.710.180.000.


En transacciones con jurisdicciones no cooperantes de baja o nula imposición o regímenes tributarios referenciales (Empresas, entidades, clientes o proveedores), (10.000 UVT) que equivale a $380.040.000.[:]

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